domingo, 27 de marzo de 2011

Libia o el tratado de un inútil combate



Ofrezco disculpas a los lectores que se han acostumbrado a leer las hazañas que en materia internacional escribo. Pero aprovecho este poco espacio del cual dispongo para proponerme compartir lo que pienso de la situación en Libia, en el marco de lo que ya he llamado los efectos de la "revolución de los jazmines".

Estaba hablando con mi tío, un marinero ya retirado, que recorrió el mundo en el cuarto de máquinas de los buques nacionales, y me ratificó muchas atisbos que sobre la revolución libia siempre he pensado. Y es precisamente que la intervención de la coalición internacional es otra "Irak disfrazada".

Para explicar esta anotación casi atrevida en política internacional, quiero analizar con Uds. la resolución del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas 1973. Digamos en plano general que el instrumento resuelve cuatro puntos en defensa de la paz y seguridad internacionales como medios coercitivos sobre Libia, que son: protección a los civiles, zona de prohibición de vuelos -"zona de exclusión aérea" lo ha llamado la prensa - , embargo de armas, congelación de activos, designaciones y finalmente conformar un grupo de expertos para presentar reporte sobre la situación. De todos esos puntos resolutivos del instrumento voy a referirme a los dos primeros y tratar de colegir si el mandato es legal, viciado y si el procedimiento es conforme al derecho internacional.

Para nadie es un secreto que en Libia se conformaron dos bandos. Por una parte el ataque del monopolio legítimo de la fuerza contra la población civil. De la población civil se conformaron grupos alzados en armas, grupos rebeldes en ciudades como Bengasi, Misurata y puertos petroleros como Ras Lanuf. Que de allí se concluya que en el marco de enfrentamiento existiese una guerra civil tal como lo dijo el Comité Internacional de la Cruz Roja, no hay duda. De otra parte, que la violencia sistemática de las fuerzas libias contra la población civil constituye un crimen de guerra y una flagrante ruptura a los principios del derecho internacional humanitario.

Ese hecho es precisamente la motivación de la resolución para establecer dentro de su plan de acción la defensa de la población civil. ¿Cómo lo ordenó? Sugiriendo a los países miembros o grupos regionales disponer de una especie de "corredor humanitario", pero sin mandato específico. He aquí a mi juicio, el primer error garrafal de la ONU al omitir la designación de la comisión o fuerza de mantenimiento de la paz que se encargaría de administrar ese corredor. De modo que dejó a libre elección de los estados la conformación de una "coalición internacional" que supuestamente defendería a la población civil.

La llamada "Cumbre de París", se encargó de hacer efectivo ese mandato declarativo de la ONU.
La cumbre de París fue quien dio luz verde al inicio inmediato de los ataques contra Gadafi. Pero lo que de manera descarada es la implementación de una fuerza de ocupación extranjera, se convirtió en un carnicería humana. Esta Cumbre liderada por EE.UU., Francia y Reino Unido se encargó de implementar la llamada "zona de exclusión aérea para salvar vidas.

Lamentablemente, tal como todos vemos, una "zona de exclusión aérea" sobre Libia no comportaba una operación de bombardeo contra la población. Así, "salvar vidas a bombazos es un contrasentido inexplicable" tal como lo dijo José Mujica, presidente de Uruguay. Y tal como lo dijo el Secretario General de la Liga Árabe, algo con lo cual estoy completamente de acuerdo encuentra sentido toda vez que "lo que pasa en Libia difiere de la imposición de una zona de exclusión aérea. Lo que queremos es proteger a los civiles, no bombardearlos".

Asimismo quiero referirme al segundo punto de la resolución. La creación de la llamada zona de exclusión aérea. Creo que la resolución 1973 no es contraria al derecho per se. EE.UU., Francia, y Reino Unido la aplican fuera de su real alcance y contenido. Si hiciéramos una lectura en sentido estricto, vemos que la ventana que la deja abierta la ONU para proceder sin mandato específico es comidilla propicia para que la coalición internacional haga de las suyas. La Operación 'Odisea del Amanecer' en Libia es una patente intervención bajo la viciada unción de la ONU para proteger a la población civil.

Si lo que la ONU quería era que no hubiese otra Irak, creo que no lo logró. Evitar la ocupación extranjera legitimada en una resolución tal como ocurrió con el derrocamiento de Saddam Hussein, sirve para ponerse a pensar sobre los intereses que esta coalición tiene en la región. Una resolución que tuvo abstención de Rusia y China, proyecta un mensaje claro al juego de poder y las contenciones ideológicas. A la coalición le conviene derrocar un régimen abiertamente socialista en el Magreb, husmear las fuentes petroleras y hurgar sobre las riquezas mineras como quiera que Libia está cerca del Chad ¿Que la intervención no pretender derrocar al régimen de Gadafi? ¡Eso está por verse! Dudo mucho del proceder de la coalición, de su procedimiento vergonzoso y más aún de poner en manos de la OTAN, el brazo armado de la ONU, las operaciones que emanan de la resolución 1973.

Realmente leo con extrañeza esta resolución, que por costumbre se acoge a otros planes de acción en ocasión de la aplicación del principio de la "protección a la población civil". Doctrina que nació luego del genocidio en Ruanda y en aquellas intervenciones humanitarias en la Franja de Gaza. Que pena que se haya prendido la hoguera en el Magreb y no se haya dejado madurar la revolución de los jazmines, nacida en Túnez, que contaminó Egipto y ahora amenaza la estabilidad libia, su población y los intereses de la antigua zona del imperio fatimí.


Bogotá, domingo 27 de marzo.




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